Fondo de Solidaridad Gremial

Directiva Fondo de Solidaridad Gremial

Presidente: Dr. Juan Eurolo M.
Vice-Presidenta:  Dr. Inés Guerrero M.
Directores:
Dr. Jaime Sepúlveda, Tesorero Nacional del Colegio Médico
Sr. José Miguel Bettancourt Siggelkow, Gerente General
Sr. Adelio Misseroni Raddatz, Abogado Jefe
Sr. Hugo Bertolotto Norero, Abogado

El Departamento de Solidaridad Gremial y Bienestar es un organismo de colaboración del Honorable Consejo Nacional, en cumplimiento de los objetivos del Colegio Médico.

De este departamento depende un Fondo que, tal como su nombre lo indica, actúa como un sistema solidario, otorgando diversos beneficios para paliar, en parte, las diversas necesidades de nuestros asociados.

REQUISITOS

Para acceder a los beneficios que otorga el Departamento de Solidaridad Gremial y Bienestar del Colegio Médico de Chile (A.G.), los requisitos son:

  • Estar al día en las cuotas del Fondo de Solidaridad Gremial y Colegio Médico de Chile.
  • Haber cotizado regularmente, a lo menos, los últimos 12 meses, salvo la cuota mortuoria que se cancelará a los 30 días de afiliación, si se ha inscrito durante el primer año de titulado.

Los inscritos después de un año de titulado y aquellos que tengan un periodo impago pueden:

  • Cancelar el período impago
  • Acogerse al régimen de los 45 avos (en este caso, beneficio de Cuota Mortuoria será equivalente a tantos 45 avos como años cotizados al momento del fallecimiento)

Beneficios del FSG

Valor 550 UF.
Puede impetrarse desde el mes siguiente que se afilia el médico/a que se haya inscrito el primer año de titulado. En los demás casos, será una vez cumplidos 12 meses de cotizaciones y progresivo a los años cotizados.
Requisitos: Ser beneficiario (s) indicado(s) por el médico o la médica fallecido/a y tener sus cuotas al día en el FSG.
Documentación: Certificado de defunción; C.I. de los beneficiarios; otros que haya indicado de manera expresa el afiliado.
Plazo máximo para el cobro del beneficio: Un año desde la fecha de emisión del certificado defunción.

Este beneficio está orientado a médicos en situación de precariedad económica o de salud.
Montos:

  • 400 UF en pago único e inmediato.
  • 450 UF pago en 24 cuotas de 18,75 UF cada una.
  • 500 UF pago en 36 cuotas de 13,88 UF cada una.
  • 550 UF pago en 60 cuotas de 9.16 UF cada una.

Requisitos: Estar en condición de precariedad por problemas de salud y/o económicos; estar liberado del pago de cuotas sociales del Colegio Médico y FSG y no tener préstamos vigentes con el FSG; evaluación de asistente social y aprobación por parte del directorio del FSG.

Monto: Máximo 400 UF

Requisitos: A lo menos 12 cotizaciones en FSG y cuotas al día en el Colegio Médico y FSG; presentar una garantía al momento de retirar el préstamo (cheques de su Cta. Cte., PAC o PAT).

Plazo máximo para pagar auxilio solidario: 36 meses.

* Para solicitar un nuevo Auxilio Solidario, debe realizarse 15 días después de finalizado el pago del préstamo anterior.

Para médicos y médicas en ejercicio de su profesión que se encuentren inhabilitados de ejercerla por más de 15 días corridos hasta por 60 días en el año. En caso de licencia maternal, es por evento anual.

Monto: $ 440.000 por cada 30 días con un tope máximo de $880.000 anual.

Requisitos: Licencia médica y/o certificado de nacimiento

Plazo máximo de la solicitud del beneficio: 60 días desde el inicio de la enfermedad o nacimiento.

Monto: Hasta $ 100.000 por año.

Requisitos: Receta y boleta a nombre del beneficiario.

Plazo de solicitud: Tope de 90 días desde la fecha de atención.

Monto: $240.000 por cada hijo nacido o adoptivo para cada padre y madre médicos.

Requisitos: Certificado de nacimiento.

Plazo de solicitud: Hasta 90 días de ocurrido el nacimiento o adopción.

Monto: Hasta $ 100.000 al año.

Requisitos: Receta oftalmólogo y boleta a nombre del beneficiario u orden de reembolso Isapre.

Plazo de solicitud: Hasta 90 días desde la compra de los lentes.

Monto: $ 120.000 mensuales.

Requisitos: Ser cónyuge sobreviviente de médico; no haber contraído nuevas nupcias; no contar con bienes y/o ingresos suficientes; evaluación anual por parte de un/a asistente social y autorización del directorio del FSG.

Monto: El tope de la bonificación es de $200.000 al año, que no sean cubiertos por su seguro.

Requisitos: Factura o boleta a nombre del beneficiario y certificado de indicación médica.

Requisitos: Fallecimiento o invalidez absoluta del afiliado; certificado de alumno regular; monto de colegiatura; y certificado de nacimiento.

Tope de cobertura: 28 años de edad del hijo beneficiario.

Montos:

Educación básica y media: Tope de $3.000.000 anuales.
Educación universitaria: Tope Arancel U. de Chile de la carrera o similar, a criterio del directorio del FSG.

* El Departamento no otorgará esta ayuda económica en caso que otros seguros o beneficios cubran tales necesidades; si la cobertura es parcial, el Fondo podrá responder por la diferencia, con el tope anual correspondiente para esta ayuda.

1. Destinado a Médicos becados, Generales de Zona y de Atención Primaria para pago de inscripción de un congreso anual.

Monto máximo: $50.000 al año.
Requisitos: Factura o boleta a nombre del beneficiario.

2. Para cursos impartidos por universidades Chilenas acreditadas y con evaluación.

Monto máximo: Tope máximo de $600.000 al año en total (por uno o más cursos realizados durante el año).
Requisitos: Estar al día en las cuotas del Colegio Médico y FSG; tener mínimo 12 cotizaciones al FSG; presentar boleta o factura delcurso realizado a nombre del beneficiario.

Monto: Tope $ 100.000 anuales.

Requisitos: Receta y boleta a nombre del afiliado

Un Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP) por afiliado, exclusivamente para automóvil, jeep o Station Wagon.
Seguros adicionales a precio preferencial.
El trámite se realiza a través de la página web del Colegio Médico de Chile.

Requisitos: Cuotas al día en Colegio Médico y FSG

Cuota Mortuoria

Valor 550 UF.
Puede impetrarse desde el mes siguiente que se afilia el médico/a que se haya inscrito el primer año de titulado. En los demás casos, será una vez cumplidos 12 meses de cotizaciones y progresivo a los años cotizados.
Requisitos: Ser beneficiario (s) indicado(s) por el médico o la médica fallecido/a y tener sus cuotas al día en el FSG.
Documentación: Certificado de defunción; C.I. de los beneficiarios; otros que haya indicado de manera expresa el afiliado.
Plazo máximo para el cobro del beneficio: Un año desde la fecha de emisión del certificado defunción.

Rescate Cuota Mortuoria

Este beneficio está orientado a médicos en situación de precariedad económica o de salud.
Montos:

  • 400 UF en pago único e inmediato.
  • 450 UF pago en 24 cuotas de 18,75 UF cada una.
  • 500 UF pago en 36 cuotas de 13,88 UF cada una.
  • 550 UF pago en 60 cuotas de 9.16 UF cada una.

Requisitos: Estar en condición de precariedad por problemas de salud y/o económicos; estar liberado del pago de cuotas sociales del Colegio Médico y FSG y no tener préstamos vigentes con el FSG; evaluación de asistente social y aprobación por parte del directorio del FSG.

Auxilio solidario

Monto: Máximo 400 UF

Requisitos: A lo menos 12 cotizaciones en FSG y cuotas al día en el Colegio Médico y FSG; presentar una garantía al momento de retirar el préstamo (cheques de su Cta. Cte., PAC o PAT).

Plazo máximo para pagar auxilio solidario: 36 meses.

* Para solicitar un nuevo Auxilio Solidario, debe realizarse 15 días después de finalizado el pago del préstamo anterior.

Ayuda por incapacidad transitoria

Para médicos y médicas en ejercicio de su profesión que se encuentren inhabilitados de ejercerla por más de 15 días corridos hasta por 60 días en el año. En caso de licencia maternal, es por evento anual.

Monto: $ 440.000 por cada 30 días con un tope máximo de $880.000 anual.

Requisitos: Licencia médica y/o certificado de nacimiento

Plazo máximo de la solicitud del beneficio: 60 días desde el inicio de la enfermedad o nacimiento.

Ayuda Dental

Monto: Hasta $ 100.000 por año.

Requisitos: Receta y boleta a nombre del beneficiario.

Plazo de solicitud: Tope de 90 días desde la fecha de atención.

Asignación por Natalidad

Monto: $240.000 por cada hijo nacido o adoptivo para cada padre y madre médicos.

Requisitos: Certificado de nacimiento.

Plazo de solicitud: Hasta 90 días de ocurrido el nacimiento o adopción.

Ayuda por Lentes Ópticos y/o de Contacto

Monto: Hasta $ 100.000 al año.

Requisitos: Receta oftalmólogo y boleta a nombre del beneficiario u orden de reembolso Isapre.

Plazo de solicitud: Hasta 90 días desde la compra de los lentes.

Ayuda por Viudez

Monto: $ 120.000 mensuales.

Requisitos: Ser cónyuge sobreviviente de médico; no haber contraído nuevas nupcias; no contar con bienes y/o ingresos suficientes; evaluación anual por parte de un/a asistente social y autorización del directorio del FSG.

Silla de Ruedas

Monto: El tope de la bonificación es de $200.000 al año, que no sean cubiertos por su seguro.

Requisitos: Factura o boleta a nombre del beneficiario y certificado de indicación médica.

Fondo Solidario de Educación

Requisitos: Fallecimiento o invalidez absoluta del afiliado; certificado de alumno regular; monto de colegiatura; y certificado de nacimiento.

Tope de cobertura: 28 años de edad del hijo beneficiario.

Montos:

Educación básica y media: Tope de $3.000.000 anuales.
Educación universitaria: Tope Arancel U. de Chile de la carrera o similar, a criterio del directorio del FSG.

* El Departamento no otorgará esta ayuda económica en caso que otros seguros o beneficios cubran tales necesidades; si la cobertura es parcial, el Fondo podrá responder por la diferencia, con el tope anual correspondiente para esta ayuda.

Bonificación para Cursos y Congresos

1. Destinado a Médicos becados, Generales de Zona y de Atención Primaria para pago de inscripción de un congreso anual.

Monto máximo: $50.000 al año.
Requisitos: Factura o boleta a nombre del beneficiario.

2. Para cursos impartidos por universidades Chilenas acreditadas y con evaluación.

Monto máximo: Tope máximo de $600.000 al año en total (por uno o más cursos realizados durante el año).
Requisitos: Estar al día en las cuotas del Colegio Médico y FSG; tener mínimo 12 cotizaciones al FSG; presentar boleta o factura delcurso realizado a nombre del beneficiario.

Bonificación de medicamentos para médicos liberados de cuota FSG

Monto: Tope $ 100.000 anuales.

Requisitos: Receta y boleta a nombre del afiliado

SOAP

Un Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP) por afiliado, exclusivamente para automóvil, jeep o Station Wagon.
Seguros adicionales a precio preferencial.
El trámite se realiza a través de la página web del Colegio Médico de Chile.

Requisitos: Cuotas al día en Colegio Médico y FSG

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